El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana la declaración de Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil –comúnmente conocido como zona catastrófica- en el territorio de Castilla-La Mancha tras el paso de la borrasca Filomena.

Según establece el Real Decreto307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

  1. Las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales, ponderándose, a estos efectos, la cuantía de la ayuda en proporción a los recursos económicos de que dispongan para hacer frente a una situación de emergencia o catástrofe.
  2. Las Corporaciones Locales que, asimismo, acrediten escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de grave riesgo o naturaleza catastrófica.
  3. Las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, hayan llevado a cabo prestación personal o de bienes, a causa de una situación de emergencia.
  4. Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de cincuenta empleados, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hubieran sido dañado directamente por los hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.
  5. Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal que hayan sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble, derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica

 Más abajo se pueden descargar los formularios oficiales para solicitar la subvención en función de cada caso. La  solicitud deberá acompañarse los documentos que, asimismo, se determinen reglamentariamente por el Ministerio del Interior, para cada tipo de ayuda y de beneficiario.

Los documentos se deben presentar en el Ayuntamiento ANTES DEL 20 DE FEBRERO.

Adjuntamos también el Real Decreto que regula estas subvenciones y donde encontrareis las modalidades, requisitos, cuantías, etc., que regulan cada tipo de beneficiario:

Capítulo I, página 6, disposiciones generales

Capítulo II, página 7, procedimiento de gestión

Capítulo III, página 10, ayudas destinadas a paliar daños materiales y enseres

Capítulo IV, página 11, ayudas destinadas a unidades familiares  o de convivencia para paliar daños personales

Capítulo V, página 12, ayudas a corporaciones locales

Capítulo VI, página13, ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan efectuado prestación personal o de bienes

Capítulo VII, página 13, ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios

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Se ha publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el anuncio de licitación y los pliegos que han de regir la adjudicación de una licencia de taxi en el municipio de Yeste para que los interesados puedan presentar sus ofertas en el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación, debiendo tenerse en cuenta lo que dispone la Disposición Adicional duodécima de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre en cuanto al cómputo de plazos se refiere.

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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de diciembre de 2020 acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras de este municipio.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales sitas en la plaza del Ayuntamiento, n.º 1 de esta localidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento dirección https://www.yeste.es y en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección https://yeste.sedipualba.es/tablondeanuncios/

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

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Con el fin de dar cumplimento a lo previsto en el apartado 2 del artículo 6 del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera se procede a publicar en el portal web de este Ayuntamiento el PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO 2020.

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Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del abastecimiento domiciliario de agua apta para el consumo humano de este municipio por acuerdo del Pleno de fecha 14 de diciembre de 2020, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales sitas en la plaza del Ayuntamiento, n.º 1 de esta localidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento (dirección https://www.yeste.es ).

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.

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