CONSULTA PÚBLICA DE LA ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza Municipal sobre Convivencia Ciudadana, este Ayuntamiento recaba la opinión de los ciudadanos, organizaciones y asociaciones afectados por la futura norma que lo consideren oportuno puedan hacer llegar sus opiniones en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal.